Justicia por la razón a Sergio Canales por la sanción tras las declaraciones contra Mateu Lahoz |  Fútbol |  Deportar

El juez del Juzgado Administrativo número 4 de Madrid consideró el recurso del juez Sergio Canales contra la sanción a cuatro partidos que recibieron el pase temporal, cuando jugaba en el Betis, al decidir que su expulsión ante el Cádiz en La Liga fue premeditada por parte. del árbitro Antonio Mateu Lahoz.

Los órganos disciplinarios de la Federación Española de Fútbol (RFEF) sancionarán a Canales con 4 partidos y una cantidad de 601 euros en marzo de este año, al finalizar el partido ante el Valladolid, el 18 de febrero, que el colegiado Antonio Mateu Lahoz había sido Expulsado premeditadamente en el choque contra el Cádiz disputado en octubre. La sentencia, a la que accedió EFE, significa que fue vulnerado los principios de tipicidad, culpabilidad y presunción de inocencia de Sergio Canales, motivado por un error de expresión e interpretación en las declaraciones del jugador. En esta ocasión, Canales podría competir con su actual club, Rayados de Monterrey de México, en el próximo Campeonato Clausura 2024 sin ningún tipo de sanción.

El juez conoció a la justicia ordinaria luego de que sus recursivas no fueran estimadas y obtuvo la suspensión cautelar de su castigo mientras acumulaba una de las partes de sanción. Canales afirma que su comportamiento «siempre con los árbitros dentro y fuera del campo ha sido un ejemplo de respeto máximo a lo largo de mi carrera profesional». Canales dio las gracias al Betis, a su representación y agencia de abogados «que se lo ganó» para «tener las consecuencias finales».

El Comité de Competición sancionó a Canales el 29 de marzo. Así, el capitán Bético volvió a la Comisión de Apelación y basó su recurso en que no pronunció la palabra «premeditado», porque dijo un término «ininteligible» y que «afirmó decidir que» había sido sancionado en un apresurada (ambas tarifas serán muy rápidas y no me permitirán hacerlo), dado que confirmar que el árbitro es apresurado, entra dentro de los límites de la libertad de expresión», aunque se le atribuyen vídeos de declaraciones que hizo en los días siguientes.

La denuncia fue desestimada por estos argumentos, por la difusión de las declaraciones de Canales en un medio de comunicación, porque la denuncia la hizo el director de seguridad de la RFEF quien inicialmente transcribió el término «premeditada» y es la base para considerarla una falta grave Según el artículo 106. Luego el juez escuchó al TAD y aplicó la suspensión de la sanción que fue denegada, por ser interpuesta en el caso de la justicia ordinaria que dictó su favor.

La reacción de Mateu Lahoz

El excéntrico Mateu Lahoz, por su parte, declaró que con estas temperaturas en Gran Canaria tenía «la conciencia tranquila» para conocer la sentencia. Aseguremos que la expulsión del jugador no fue premeditada y que se debió a las dos protestas «que no se sintieron», emboscada en la prórroga de la ciudad. “Me alegro de poder acceder a los audios y resolver la situación. Es bueno que pueda escuchar a los árbitros y que haya más transparencia, no hay nada que ignorar», afirmó.

“Si hoy tienen razón (en Canales), hoy no podemos garantizar la libertad de expresión de la gente. En este caso podría pensar que soy premeditado, pero no me equivocaré al respecto porque tengo la conciencia súper tranquila. «Protestaron que no teníamos sensaciones, podríamos tener más paciencia pensando en eso en el minuto 97, pero eso es también lo que pienso en este tipo de partidos», afirmó, añade. El colegiado defendió que, durante el primer año de amor, el jugador cantó, transcurrieron «nueve o diez segundos y hay tres veces en que le digo que pare».

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